Equipos de la secretaría de Obras, Servicios Públicos y Planificación Urbana municipal realizaron tareas de saneamiento hidráulico en distintos puntos del distrito. La dependencia destacó trabajos realizados en Santo Tomás, Las Margaritas y Villa Angélica, entre otros.
Según informaron, se observó un anegamiento en Caseros entre Alfonsina Storni y Remedios de Escalada, en las inmediaciones del CIC de Santo Tomás. Ante ello, se realizó una inspección desde la dirección de Control Urbano; en la cual se observó el arrojo directo de aguas servidas de un domicilio particular a la calle. Desde el área se le realizó la intimación al frentista, y se procedió con equipos viales a realizar el saneamiento hidráulico del lugar.
En la localidad de Bosques, en el barrio Las Margaritas, se consignó la colocación de caños de desagüe en la calle La Esmeralda y Junín. Se realizó una mejora hidráulica en la zona que permitirá la circulación del agua y evitará el anegamiento; como así también de la calle Santa Sofía en donde se sitúan comercios.
Dicha obra se complementa a la colocación de luminarias led de la calle Santa Sofía; así como también la puesta en valor de la plaza San Rudecindo. A su vez, en la misma localidad, se realizó la limpieza del arroyo en su cruce con la ruta Provincial Nº 36
También se registraron labores de saneamiento hidráulico sobre la calle Parravicini y Roque Pérez, ubicadas en el barrio de Villa Angélica.
Todas las acciones se realizaron en respuesta a las peticiones de las y los varelenses a la Línea Municipal; el 0800 - 999 - 1234 y ante las sedes de las Unidades de Gestión Local (UGL), pertenecientes a las delegaciones mencionadas.
Por último, la secretaría de Obras, Servicios Públicos y Planificación Urbana recuerda a las vecinas y vecinos la legislación vigente, en materia de saneamiento hidráulico; con la finalidad de que entre todas y todos las y los varelenses se cuiden y se mantengan los conductos pluviales;al igual que las alcantarillas, libres de elementos que obstruyan el adecuado y correcto escurrimiento del agua; evitando así anegaciones.
Es por ello, que la Ordenanza municipal Nº 3.197/92, Artículo Nº 8, establece que solo se podrá volcar agua de lluvia y limpieza de veredas; prohibiéndose todo vuelco de otro tipo de líquidos, como ser: aceites, combustibles, desagües de baños, cocinas, etc. Además, estos deberán ser tratados dentro de la propiedad, de acuerdo a las normas existentes.