Se refiere a los generados a partir del programa de ATP5. Si las empresas cumplen los requerimientos de sostenimiento y creación de nuevo empleo según categorías determinadas, el crédito pagado será reintegrado a través de un ANR.

El Gobierno fijó las metas de sostenimiento y creación de empleo, de acuerdo con el tamaño de la empresa, para convertir en subsidios los créditos destinados a las compañías en la quinta etapa del programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP5).

A través de la resolución 491/2020, publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Desarrollo Productivo estableció que "las metas de empleo serán trimestrales e implicarán una comparación de los promedios contra un mismo período comprendido entre los años 2019 y 2020".

"Si la empresa cumple con las metas de empleo, con el repago del crédito y demás condiciones establecidas, el crédito se entenderá convertido en subsidio, y será total o parcialmente reintegrado por medio de un Aporte No Reembolsable (ANR)", puntualizó la normativa.

Más de 26.500 empresas -que presentaron una recuperación nominal de la facturación de hasta el 40%- solicitaron un préstamo en el marco del ATP5, lo que benefició a 270.613 trabajadores.

Para la aplicación del beneficio, se compararán el cuarto trimestre de 2020 con igual lapso de 2019, mientras que el cotejo de la performance del primer trimestre de 2021 será contra el correspondiente de 2020, pero el segundo y tercero del año próximo será respecto de los mismos períodos de 2019.

Los créditos recibidos y pagados se convertirán en subsidios si se cumplen las metas de empleo.

La norma, asimismo, aclaró que "no procederá el reintegro si la empresa posee empleados suspendidos durante 2021".

Subrayó que "en caso de que haya tenido empleados suspendidos en el último trimestre de 2020, no podrá acceder al beneficio por ese trimestre, pero no se invalidarán los reintegros por los restantes".