En su espacio radial en “Primera Mañana” la abogada previsional, habló de las prestaciones económicas otorgadas a las personas que tienen una discapacidad y nunca aportaron y a las concedidas aquellos aportantes que en algún momento dejaron de trabajar y contribuir por alguna enfermedad o discapacidad.
RETIRO TRANSITORIO POR INVALIDEZ
Cuando un trabajador padece alguna patología grave por cualquier causa (no imputable) y no puede seguir prestando servicio, tanto en las tareas que venía realizando como en cualquier otra, se podría plantear un Retiro Transitorio por Invalidez.
“Está dirigido a todos el que trabaja en relación de dependencia o autónomo”, dijo Lallana.
En ese sentido, indicó que hay dos columnas de requisitos para acceder y si alguna no se cumple queda desestimado.
“Hay que tener una incapacidad física, mental, intelectual, de al menos un 66 %, no tener la edad para jubilarse o los 30 años de aportes que exige nuestra Ley y cumplir con la condición de aportante regular o irregular con derecho”, explicó la especialista.
Además, señaló que las personas que quieren acceder, deben “pedir turno en ANSES y presentar todos los estudios, diagnósticos, certificados médicos, epicrisis de la enfermedad más aguda o todo lo colateral o no, que pueda existir en ese organismo”.
“También es importante el nivel educacional de la persona, la ley es mucho más benigna con aquel que tiene una primaria incompleta, que con aquel que tiene un título de grado o universitario”, aseguró la abogada.
El dictamen lo dictará la Comisión Médica del ANSES, que establecerá el grado de incapacidad laboral. El Retiro Transitorio tiene una duración de 3 años prorrogables por 2 años más a consideración de este organismo.
PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA POR INVALIDEZ
Las pensiones no contributivas son aquellas que no requieren de aportes para poder otorgarlas. Representan un derecho para personas en estado de vulnerabilidad social.
En este caso, Lallana manifestó que “el porcentaje de invalidez salta un 76%”, para ser atribuida.
Requisitos
Tener menos de 65 años de edad.
Ser argentino nativo o naturalizado (con al menos 5 años de residencia continuada) o extranjero (con al menos 20 años de residencia efectiva en el país).
No percibir ningún beneficio del Estado (nacional, provincial o municipal).
No estar empleado en relación de dependencia ni registrado como autónomo o monotributista.
No tener ingresos o bienes a tu nombre que permitan tu subsistencia. Este requisito será extensible a tu grupo familiar.
No tener parientes obligados legalmente a proporcionarte alimentos o que, teniéndolos, se encuentren impedidos para hacerlo.
No estar detenido a disposición de la justicia.
Documentación
DNI del titular. En caso de ser menor de edad presentar también la documentación de los padres.
Formulario P.S 6.4 de apoderado, en caso de corresponder.
Sentencia de tutela o curatela, en caso de corresponder.
Cómo realizar el trámite
El trámite de inicio o de rehabilitación de la Pensión no Contributiva por Invalidez se realiza en dos etapas.
Etapa 1: por página web
Iniciá el trámite en la web con Clave de la Seguridad Social.
Completá todos los datos y validá tu grupo familiar.
Una vez concluidas las validaciones de tu solicitud, si modificaste tu grupo familiar deberás presentar el día del turno la documentación que acredite el vínculo.
Se te otorgará un turno para continuar el trámite en una oficina de ANSES.
Etapa 2: presencial en oficina
Presentate en la oficina de ANSES con la documentación correspondiente.
En caso de superar todas las validaciones, se te otorgará un número de expediente, con el cual podrás realizar el seguimiento en nuestra página. Una vez iniciado el expediente, será la Agencia Nacional de Discapacidad quien se encargará del análisis y resolución del mismo.
Importante. Es obligatorio que solicites el Certificado Médico Oficial Digital (CMO) en un hospital o centro de salud público para que la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) pueda otorgarte la Pensión. El CMO es enviado automáticamente a ANDIS desde el hospital o centro de salud.
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