Jubilados, pensionados y titulares de otras asignaciones de ANSES tienen la opción de elegir dónde percibir sus haberes. ¿Cómo hacer el trámite?

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) comunicó que todos los titulares de prestaciones y asignaciones tiene la posibilidad de elegir dónde percibir sus haberes de manera sencilla. En esta nota te contamos cómo podés modificar el sitio de cobro sin necesidad de moverte de tu casa.

Según explicó el organismo, el trámite puede realizarse desde la mi ANSES, a través del sitio web del organismo o desde la app. Se realiza con la Clave de la Seguridad Social, que también se puede obtener en el mismo sitio. Para los jubilados y pensionados, el único requisito es haber cobrado por primera vez en la entidad asignada inicialmente.

Además, el ente puso a disposición de la ciudadanía en su sitio web de transparencia de la información, el listado de los agentes pagadores que actualmente prestan este servicio.

Cambio del lugar de cobro de ANSES: ¿Cómo realizar el trámite?

  1.  Ingresar a mi ANSES (a través de www.anses.gob.ar o descargando la aplicación) con CUIL y Clave de la Seguridad Social.
  2. Seleccionar la opción Cobros > Cambiar lugar de cobro jubilaciones y pensiones o Cambiar lugar de cobro Asignaciones Familiares, según corresponda.
  3. Chequear que los datos de contacto (correo electrónico, celular y domicilio) estén actualizados y verificados, lo que puede realizarse en el momento.
  4. Cargar el código de validación recibido por correo electrónico o SMS y confirmar el DNI, ingresando el correspondiente número de trámite. Una vez ingresado dicho código, se podrá optar por el nuevo medio de cobro dentro de las opciones habilitadas.
  5. En el caso de las asignaciones, deberán consultar el medio de cobro actual y seleccionar el nuevo.

En el caso de los residentes de zona austral, deben optar por una sucursal bancaria para poder mantener el adicional correspondiente a dicha zona.

Asimismo, la ANSES aclaró que para todos los casos, la elección estará vigente a partir de los 60 días de solicitada.

Fuente: Infocielo