Lo resolvió la Corte Suprema tras hacer lugar a un reclamo de internas del Centro de Detención de Mujeres Unidad 31.

Con el voto unánime de todos sus integrantes, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Federal de Casación Penal que condenó a la Anses a pagar asignaciones familiares a las internas embarazadas o que optaron por permanecer en prisión con sus hijos menores de 4 años.

El reclamo lo promovió la Procuración Penitenciaria de la Nación y la Defensoría Oficial mediante un hábeas corpus, que fue rechazado por la justicia federal de La Plata.

Casación admitió que "la negativa a reconocer los beneficios pretendidos configuraba un supuesto de agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención y que la ley de asignaciones familiares no excluye a las mujeres privadas de la libertad ni a sus hijos".

"El ingreso a una prisión no despoja a las personas de la protección de las leyes y, en primer lugar, de la Constitución Nacional", recordaron los magistrados.

En ese sentido, señalaron que "el derecho al otorgamiento por parte del Estado de los beneficios de la seguridad social, con carácter integral e irrenunciable, está consagrado en el art. 14 bis de la Constitución Nacional".