La precisión realizada desde la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se publicará en el Boletín Oficial.

La resolución buscará despejar las dudas planteadas en los últimos días por ex combatientes de Malvinas, quienes cuestionaron que las aerolíneas les aplicaron el impuesto al momento de venderles un ticket aéreo hacia ese destino.

La normativa aclaratoria de la AFIP ratifica así que el régimen de percepción del impuesto creado por la Ley 27.542 no resulta de aplicación para la adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo o por vía acuática que tengan como destino las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur.

La semana pasada el organismo aclaró que el recargo del 30% a la compra de divisas también abarcaría la adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país.