La suspensión temporal de la tarjeta SUBE no producirá ningún efecto respecto del saldo de carga que posea la tarjeta, que podrá ser utilizado normalmente por el usuario o usuaria al finalizar el plazo de la suspensión.

La decisión de suspender temporalmente las tarjetas SUBE a pasajeros que no sean trabajadores y trabajadoras esenciales o exceptuados, y que hayan realizado viajes interjurisdiccionales en el Ámbito Metropolitano de Buenos Aires (AMBA) durante dos días consecutivos, quedó oficializada hoy con su publicación en el Boletín Oficial.

A través de la Resolución 197/2020 del Ministerio de Transporte, quedó aprobado el protocolo "para la suspensión temporal de las tarjetas del SUBE en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio que rige por la pandemia de coronavirus" a quienes no cumplan con la condición de desarrollar actividades esenciales y exceptuadas, con el fin de minimizar los riesgos de contagios de coronavirus.

De esta forma, la norma fijó las pautas para el cruce de la información entre los registros de la SUBE y los Certificados Únicos Habilitantes para la Circulación (CUHC), que permitirá identificar a aquellos pasajeros del AMBA que utilicen medios públicos de transporte sin cumplir con el requisito de desarrollar actividades esenciales o exceptuadas.